Comunicación satelital II

Describe el motivo y las acciones mediante las cuales México se integró a la tecnología de comunicación vía satélite. La causa fue que se llevó a cabo la celebración de los XIX Juegos Olímpicos de la Ciudad de México, el país se integraba de lleno a la comunicación vía satélite.

En la década de los setenta, el uso de los satélites era valorado como la tecnología más avanzada. Tan es así, que el conglomerado en el que se integraron las 4 concesiones comerciales de la televisión mexicana, el canal 2, el 4, el 5 y el 8 (después cambió a canal 9), se denominó Televisión Vía Satélite S.A. (Televisa) que arrancó sus operaciones el 8 de enero de 1973.

Mediante el satélite Intelsat IV, la televisión mexicana se enlazó con 38 naciones y entró en operación el Servicio Público de Teleinformática. En 1976, Televisa fundó el sistema Univisión mediante el cual exportaba programas vía satélite y microondas hacia Estados Unidos.

El 3 de abril de 1981, el presidente López Portillo inauguró la primera etapa de la Red Nacional de Estaciones Terrenas, la cual constaba de 14 estaciones para envío y recepción de señales vía satélite y 21 estaciones que sólo recibían señales.

Comenta en qué consistió el desarrollo del sistema de satélites Iluicahua y Morelos.

En 1980 la SCT informa que México contaría con su programa de satélites propio conocido como Iluicahua (“Señor del cielo” en lengua náhuatl) posteriormente en 1983 esta inciativa estaría integrada por dos satélites, uno en funcionamiento y otro permanecería como reserva.

El 25 de Agosto de 1985 entra en operaciones el satélite Morelos I y en noviembre Morelos II, este último tuvo la participación del primer viajero espacial mexicano, el doctor Rodolfo Neri Vela, de la Facultad de ingeniería de la UNAM

Detalla los motivos por los que se reformó, tanto el 20 de agosto de 1993 como el 2 de marzo de 1995, el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

1993, agosto 20, el Congreso de la Unión aprobó una modificación al artículo 28 de la Constitución, mediante la cual la comunicación vía satélite, se declaraba área estratégica que será ejercida de manera exclusiva por el Estado.

No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las áreas estratégicas a las que se refiere este precepto: correos; telégrafos; radiotelegrafía y la comunicación vía satélite; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad; ferrocarriles; y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión.

1995, marzo 2. Se reformó nuevamente el artículo 28 constitucional con el fin de que la comunicación vía satélite dejara de ser considerada como “una actividad estratégica exclusiva del Estado” y pasó a ser una “actividad prioritaria para el desarrollo nacional”.

Como consecuencia de la firma del Tratado de Libre Comercio, México se comprometió a liberar el campo de las telecomunicaciones para captar la inversión extranjera. Esta fue la razón por la que se hizo el cambio en la normatividad constitucional.

Publicado por robertoartrod

Estudiante de comunicación de la FES Acatlán,

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